Recomendaciones del IST para implementar el teletrabajo en medio de la crisis sanitaria por el coronavirus

Ante el nuevo escenario generado en nuestro país por el Covid-19, Chile se encuentra en fase 4 de la pandemia, recomendando a través de sus autoridades que las empresas acuerden o evalúen mecanismos con sus trabajadores para prestar sus servicios en sus casas, a fin de mantener el aislamiento preventivo y colaborar en el control del contagio.

En ese contexto, el teletrabajo es la modalidad a la que más han recurrido los empleadores. Pero, ¿qué es?

El teletrabajo es la forma de organizar y realizar el trabajo a distancia, mediante la utilización de tecnologías de información, en el domicilio del trabajador o en lugares o establecimientos ajenos al Empleador.

Sus características principales son que es un acuerdo entre trabajador y empleador, y que puede ser transitorio o permanente. En este último caso, debe expresarse así en el contrato de trabajo, o bien, como un anexo al contrato

Recomendaciones para implementación transitoria

Implementar el teletrabajo, cuando los empleados no están acostumbrados a ello, puede ser muy desafiante. Por lo mismo, el Instituto de Seguridad del Trabajo (IST) entrega los siguientes consejos.

Temporalidad
Duración: es importante especificar el período de esta modalidad, inicio y fin.

Horario de trabajo: idealmente mantener las horas de trabajo y horario que se practicaba en el centro de trabajo.

Accesibilidad: se determinará si en algún momento será necesario que el trabajador realice la prestación en el centro de trabajo: asistencia a reuniones, turnos por servicios mínimos, entre otros.

Vacaciones: se respetarán las mismas condiciones en cuanto a su uso y condiciones.

Días administrativos u otros: se mantendrá el mismo procedimiento que en el centro de trabajo.

Ámbito espacial
Lugar de trabajo: se recomienda que el espacio destinado al teletrabajo, dentro de lo posible, reúna adecuadas condiciones de salud e higiene es recomendable establecer un espacio físico fijo de trabajo que reúna unas condiciones mínimas de iluminación, ventilación, clima, etc.

Condiciones de trabajo

Seguridad e higiene: el empleador mantiene la obligación de informar a los trabajadores los riesgos y medidas de trabajo correcto, por lo que es esencial que el trabajador conozca los medios para prevenir riesgos con ocasión del ejercicio de sus labores en su casa habitación.

Equipamiento: de ser necesario, el empleador deberá facilitar al trabajador el equipamiento (computador, teléfono celular u otros), necesario para la realización de dicha labor. Asimismo, el empleador deberá brindar el soporte técnico para este equipamiento.

Métodos de trabajo: el menor contacto directo con la empresa puede hacer necesario que se establezcan determinados procedimientos de trabajo: a quién reportar el resultado, de qué forma, cada cuánto tiempo, tipos de comunicación (teléfono, carta, fax, correo electrónico), periodicidad de reuniones, ya sean remotas, o por razones extraordinarias, presenciales en el lugar de trabajo.

Control por parte del empleador: al igual que en el centro de trabajo, implica la posibilidad de control por parte del empleador de la adopción de medidas para garantizar que el trabajador cumple con el horario establecido, tiene condiciones óptimas de seguridad e higiene, entre otros.

Criterios para asignar modalidad de teletrabajo
Los directivos de cada empresa deberán determinar a quién asignar la modalidad de teletrabajo y quiénes deberían seguir yendo de manera presencial. En ese aspecto, el IST recomienda lo siguiente:

-Definir los cargos críticos para trabajo presencial (personal en contacto habitual con clientes, personal de producción y/o ejecutivos). Establecer turnos día por medio, entre titulares y backups, minimizando la operación.

-Definir cargos menos críticos (de soporte, administrativos, entre otros). Dentro de lo posible, implementar teletrabajo 100% en estos casos.

-Evitarlas reuniones presenciales de más de 5 personas en los casos excepcionales. Y en todo caso, con distancia de 1 metro.

-Todos los trabajadores deben llevarse sus computadores a la casa y de vuelta a la oficina cuando les toque venir a trabajar.


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