Ahora que viene el verano, gran cantidad de trabajadores está pensando en programar sus vacaciones. Este año claramente no será igual que los anteriores, pues la pandemia impide viajes y otras salidas, pero tras un 2020 muy intenso en todos los aspectos, muchos ya están sintiendo la necesidad de tomarse un descanso prolongado.
Si eres uno de ellos, aquí te queremos recordar algunas claves sobre el feriado anual que la ley otorga a todos los trabajadores en el territorio nacional, para que las tengas en cuenta.
1- Los trabajadores por obra también tienen derecho
No sólo quienes tienen contrato indefinido pueden tomarse vacaciones. La Dirección del Trabajo (DT) detalla que quienes «presten servicios continuos al mismo empleador, en virtud de dos o más contratos por obra o faena determinada y que sobrepasen el año, tiene derecho a un feriado anual de 15 días hábiles, con remuneración íntegra”.
2- Sólo se cuenta de lunes a viernes
Quienes llevan más de 1 año trabajando tienen derecho a 15 días hábiles de vacaciones, es decir, 3 semanas en total. En ese período, los sábados y domingos se consideran como inhábiles, por lo que no se descuentan de esos 15 días.
Tu empleador no puede darte trabajo durante esos fines de semana, aunque no se descuenten de tus días de feriado legal.
3- Algunas provincias tienen más días
Quienes trabajan en la provincia de Palena y todas las provincias de las regiones de Aysén y de Magallanes tienen derecho a 20 días de feriado anual, es decir, 4 semanas completas.
4- Se suspenden las vacaciones cuando hay licencia médica
Si estás usando tus vacaciones y justo te enfermas, recibiendo una licencia médica, se suspende el uso de tu feriado legal.
“En el evento de que a un trabajador que se encuentra gozando del beneficio de feriado le sobrevenga una enfermedad que le confiera derecho a licencia médica, la Dirección del Trabajo ha establecido en dictamen 6256/279 de 09.10.95, que resulta procedente la suspensión del feriado legal, sustentando su doctrina en que los fines del feriado son distintos a los de la licencia médica”, señala el organismo fiscalizador.
5- No pueden obligarte a tomar menos vacaciones
Es posible tomarse los 15 días de vacaciones de manera fraccionada, es decir, no todos de una sola vez. No obstante, tu empleador no puede prohibirte el usar las 3 semanas seguidas.
“El feriado debe ser continuo, pero el exceso sobre 10 días hábiles puede fraccionarse de común acuerdo. De esta forma, siendo el descanso anual continuo por disposición del legislador, no podría el empleador fraccionarlo unilateralmente, de manera que para que sea procedente un descanso por feriado inferior a 15 días hábiles, el trabajador debe dar su consentimiento”, afirma la DT.
6- Tu empleador puede postergar tus vacaciones
La Dirección del Trabajo también aclara que, cuando una empresa tiene más de 5 trabajadores, tu empleador podría anticipar o postergar tu feriado legal, pero sólo puede hacerlo si en ese período habrá menos del 80% del personal trabajando.